
1) Que se trata de un acto irresponsable ya que la madre no podrá hacerse cargo de esos hijos de forma correcta debido a que tiene una edad muy avanzada y no está preparada físicamente para hacerlo.
2) Que esos hijos (son gemelos) tienen el derecho de tener una familia bien constituida, que vele por su correcto desarrollo.
Sobre el primer punto, creo que el debate tiende a reducir al tema de la legitimidad, una ética restringida a las “buenas maneras”, que a menudo genera legalidad, pero no al revés. Yo creo el tema tiene que ver en cierta medida con la atención que se le da al uso del cuerpo, de un concepto pre-generado de la productividad derivada de él, y, por otra parte, también entendiendo ese uso correcto a través de su propio concepto de corrección en el cual subyace una ideología del control, de los límites que permiten el buen uso del malo. ¿Se puede garantizar que la corporalidad de una “madre” de 25 años implicará que el hijo o los hijos se desarrollen física y sicológicamente “bien”?, ¿depende el desarrollo de esos hijos necesariamente de la corporalidad de esa madre, del “correcto” funcionamiento de un cuerpo, o, inclusive, de la presencia de esa madre?, ¿qué es una “madre”?, ¿qué naturalizaciones ficticias se han hecho en torno a ese concepto creado desde el falogocentrismo?, ¿toda mujer debe ser madre? Cuando se decide serlo, haciendo uso de la libertad de las mujeres para decir si quieren ser consideradas como tales, ¿existe un solo modelo de maternidad posible? Se trata en cierta medida de romper con el mito fundacional y fundamental de la “santa y abnegada madre” bajo el cual subyace la construcción –que traspasa culturas tanto occidentales como orientales– de una teleología natural arraigada en la biología reproductiva: “una madre debe ser así porque está hecha para que sea de ese modo”. Creo, a partir de estas preguntas, que se deduce las respuestas que tengo sobre ellas, y que me es muy largo explicar aquí. Pero veo que esta mujer rompe con la normativa social arraigada en el concepto de “madre” a partir desde el uso de un cuerpo y una biología determinada. Una madre vieja que opta por darle, en su senectud, una función reproductiva a su cuerpo en la medida que ése es su deseo.
Sobre el segundo punto, se nos habla de la responsabilidad arraigada en el derecho de los hijos a ser criados por una madre de una forma correcta. ¿Qué es una forma correcta?, ¿es función de la madre naturalizada como tal velar por el correcto cumplimiento?, ¿y si son dos padres en vez de una madre, como ya se pudiera dar el caso en lugares donde se ha legalizado esa opción como en España?; ¿o si son dos madres? Creo que el problema se define en el pacto social que determina el cuidado de los hijos –desde que nacen hasta que son mayores de edad (por decreto)- por cuanto a que estos no pueden valerse solos los primeros años. Por este motivo, se produce la división en porciones de calidad y tiempo la inversión en el cuidado. Éste depende por una parte del llamado núcleo familiar, como por otra, de las políticas estatales. Es probable que este ideal sea criticado por el caso de niños que no han contado con unos ni con otros. Una madre de 67 años, vista bajo la norma hegemónica familiar, sería una mala madre ya que no sería capaz de invertir en tiempo ni en calidad lo que sus hijos necesitan para su desarrollo. Esto podría desmontarse argumentando que se reproduce en esa proposición la naturalización de la familia, y más específicamente, en la madre como la propietaria del hijo, el cual es un producto de ella. Esa naturalización proviene de la concepción de la familia heterocentrada y biparental entendida como una unidad a ejemplo de la familia sagrada cuya finalidad más allá de la reproducción de sujetos, es la reproducción social de la vida, las condiciones de clase, etnia y género, el mantenimiento de la “herencia”. Entiendo la herencia como la propiedad que se dona o se cede de padres a hijos –lo que se llama patrimonio-, y no sólo de una donación económica –puesto que algunas no tienen dinero o bienes qué heredar-, sino simbólica (el nombre, los apellidos, los valores, etc). Los hijos son considerados de acuerdo a esta economía de bienes simbólicos un producto más, con la finalidad de continuar cargando y reproduciendo el patrimonio familiar. Creo, desde otro punto de vista entender que el hijo no pertenece a la madre ni al padre. No es propiedad privada de ellos. Sólo está cargo temporalmente de estos “agentes de tuición”, como también pueden ser el Estado, instituciones, o personas que no son los padres biológicos. Y como tutores, dividen su trabajo en el cuidado del sujeto en los primeros años de infancia. ¿Es, entonces, responsabilidad específica de esa madre de 67 años el cuidado posterior de los hijos si se da el caso de que ella no pudiera hacerlo?, ¿no habría que ampliar y hacer democrático y participativo el concepto de crianza, tal y como lo hacen las mujeres y hombres trabajadores que luchan por guarderías y jardines infantiles, por ejemplo?, ¿es una mala madre –egoísta como he escuchado decir– porque ha decidido tener ella sola unos gemelos en una edad supuestamente difícil?, ¿para qué está el Estado? En ese sentido, estoy a favor de romper la exclusividad de la “crianza” bajo la tutela de la familia heterocentrada y biparental. O quizás replantearse un concepto de familia más libre y menos restrictiva que aúne las dos posiciones, y otras no consideradas aún. O más. Priorizar la “crianza” en el contexto familiar, no sólo tradicional, pero no exclusivizarla a partir de la valoración negativa de otros tipos de educación, otros tipos de familia, u otros tipos de socialización más allá del núcleo sagrado a imitación de José, María y el niño Jesús. Por cierto, Santa Isabel, la prima de la virgen, fue madre de vieja.
Pd.La foto no tiene que ver con el tema. Pero el blog necesitaba respirar un poco (siempre tan claustrofóbico) y aquí una foto del bosquecillo de calle Imperial, en Puerto Varas. Allí solía jugar a las escondidas cuando pequeño. Si quieres saber más del tema, pincha arriba en "el tema de la mujer"